Sueldo, honorarios, un arriendo: en abril el SII los suma en una sola declaración y te sube de tramo. Te muestro, con fuente del SII, qué puedes rebajar legalmente — sin promesas de rentabilidad.
Mientras más fuentes de ingreso juntas, más fácil es cruzar a un tramo alto en abril — y más rebajas legales quedan sin usar. Estos son los casos que más lo viven:
La mayoría se entera en la Operación Renta de que ya es tarde. Estas son las tres razones por las que se paga de más — y todas tienen solución legal.
El APV, el hipotecario o el gasto de honorarios se optimizan durante el año, no en abril. Quien planifica llega con la rebaja ya hecha.
Sueldo, honorarios y arriendos se declaran juntos en el IGC. Optimizar una sola fuente deja rebajas sin usar en las demás.
Cada rebaja tiene un artículo del SII detrás (Art. 42 bis, 55 bis…). Sin saber cuál aplica a tu caso, dejas pasar lo que la ley ya te permite.
Una buena planificación tributaria lo dejó con devolución —con los mismos ingresos de siempre—. Solo usó dos beneficios que la ley ya le daba.
Este profesional tiene tres fuentes de ingreso: su sueldo en la clínica, su consulta particular y el arriendo de un departamento. En abril, el SII las suma todas en una sola declaración. Usando dos beneficios que la ley ya le daba —APV Régimen B y el descuento de intereses hipotecarios (Art. 55 bis)— dio vuelta el resultado, con los mismos ingresos de siempre. Te lo muestro en detalle:
Con tu sueldo y tu aporte APV te muestro, con fuente del SII, cómo rebajar legalmente tu base imponible y así pagar menos impuestos en tu próxima declaración de renta.
Calcular mi ahorroTres guías educativas con la norma del SII detrás de cada rebaja. Te las enviamos al instante a tu correo.
Ver las 3 guías3 vías legales para que tu sueldo pague menos impuesto: APV Régimen B, intereses hipotecarios y gasto presunto de honorarios — con la norma del SII detrás de cada una.
RecibirLa rebaja no se arma en abril: se construye mes a mes. Qué hacer cada trimestre para llegar a la Operación Renta con todo listo.
RecibirSiete creencias sobre el APV Régimen B y lo que realmente dice la ley. Cada realidad remite a la norma del SII que la respalda.
RecibirUsa la calculadora tributaria y recibe en tu correo la guía que aplique a tu caso. Gratis, sin compromiso.
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No. El sitio y sus guías son material educativo con fuente del SII; incluso desmitificamos ("tener APV no garantiza pagar menos: depende del régimen"). La orientación personalizada la das conmigo, Certificada CMF, cuando decidas.
Es justo el caso donde más rinde: en abril el SII suma todas tus rentas en el IGC y eso te puede subir de tramo. Ahí es donde combinar franquicias legales (APV Régimen B, Art. 55 bis, gasto de honorarios) hace la diferencia.
No. Muestra una estimación referencial del beneficio tributario del año, en pesos, según la norma del SII. Nunca proyecta rentabilidad ni garantiza resultados.
Se administran en infraestructura local de la asesora; nunca se envían a inteligencia artificial externa ni a terceros con fines publicitarios. Puedes ejercer tus derechos y revocar tu consentimiento cuando quieras, sin costo.
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